CIRUGÍA ESTÉTICA Y CONSENTIMIENTO INFORMADO
- joana644
- hace 14 minutos
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En un momento en el que la cirugía estética continúa en auge en España, donde los tribunales reciben cada vez más litigios relacionados con el consentimiento informado, las resoluciones judiciales están afinando el análisis sobre hasta qué punto la falta de información al paciente genera responsabilidad y cómo debe cuantificarse la indemnización. La reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz ofrece un ejemplo significativo de esta tendencia: reconoce la deficiencia informativa, pero ajusta la compensación atendiendo al contexto concreto de la intervención y al comportamiento de la propia paciente.
La Audiencia Provincial de Badajoz ha reducido al 50% la indemnización concedida a una paciente de cirugía estética, pese a confirmar que existió una clara falta de consentimiento informado.-
El caso se originó tras una abdominoplastia cuyo resultado llevó a la paciente a demandar al cirujano, a la clínica y a la aseguradora, alegando mala praxis y deficiencias en la información previa. El Juzgado de Primera Instancia de Badajoz estimó la demanda al considerar insuficiente el consentimiento informado: no incluía referencias específicas a patologías como la diástasis abdominal o la herniación umbilical, ni ofrecía información sobre tratamientos alternativos. Asimismo, además mezclaba contenidos relativos a otros procedimientos quirúrgicos, creando el efecto contrario a este tipo de consentimiento. Pese a ello, el Juzgado descartó negligencia en la ejecución técnica de la intervención.
Al resolver el recurso de apelación, la Audiencia confirmó la deficiencia del consentimiento informado y aplica la doctrina de la pérdida de oportunidad. Sin embargo, rebajó la indemnización al entender que se trataba de una intervención voluntaria de cirugía estética y que posteriormente existió cierto abandono del tratamiento por parte de la paciente. Esta combinación de factores lleva al tribunal a situar la compensación en la mitad de lo reclamado.-
El fallo de este caso refuerza la exigencia de un consentimiento informado específico, claro y adecuado a cada procedimiento, especialmente en el ámbito de la cirugía estética, viéndose modulada la reparación económica cuando concurren elementos que atenúan la responsabilidad.
Desde Bufete Marín Fonseca le comunicamos la importancia de asesorarse previamente antes de firmar cualquier documento relevante, a fin de poder proteger sus legítimos intereses.-


