Recientemente, el Tribunal de Justicia de Castilla y León ha declarado la procedencia del despido de una trabajadora por fingir una situación de riesgo de contagio por coronavirus. Según recoge la Sentencia, se trata de una empleada de un centro de atención a personas con discapacidad a las que solía asistir en su propio domicilio. Tras dar positivo en Covid uno de los residentes de un domicilio al que había acudido la trabajadora, los servicios de prevención se pusieron con contacto con ella. Fue entonces cuando mintió al decir a la médica que durante la visita al residente contagiado, no llevaba puesta mascarilla debido a que la empresa no les estaba distribuyendo las mismas para prevenir efectivamente los contagios y que, además, dentro de las instalaciones de la compañía también se producía un mal uso de ellas. A consecuencia de ello, se originó una situación de baja por incapacidad temporal por exposición al coronavirus totalmente innecesaria.
La gravedad de su conducta radica en el hecho de que, aunque es cierto que no fingió una enfermedad, si miente sobre la correcta distribución y proporción de mascarillas y guantes que efectúa la empresa en cuestión. Además, intentó justificar su actuación manifestando que estaba en desacuerdo con el método de comunicación del reparto de mascarillas de la empresa, pues esta creó un grupo de WhatsApp, donde se informaba a los empleados la posibilidad de pasar a recoger mascarillas y guantes si los requerían. Sin embargo, el tribunal no da relevancia a esta situación, puesto que lo remarcable e importante es que la empresa si suministraba los materiales oportunos para prevenir el contagio del Covid-19.
Así pues, los magistrados consideran que la empleada ha incurrido en una grave transgresión de la buena fe contractual por quebrantar la confianza de la empresa, causa más que suficiente para justificar un despido disciplinario.
Desde Marín Fonseca Abogados, nos hacemos eco con el fin de informarles de cuantas novedades legislativas y jurisprudenciales se van produciendo, con el fin de asesorar a nuestros clientes de la mejor manera posible, quedando absolutamente a su disposición para atenderles ante cualquier consulta, ya sea por temas relativos al ámbito de Derecho Laboral como el del presente caso, o bien de cualquier otra índole.
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