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  • joana644

NUEVA SENTENCIA FAVORABLE EN DERECHO DE FAMILIA DICTADA POR LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA


Nuestra clienta acude a nuestro despacho a la vista de que los gastos de los hijos se han visto incrementados exponencialmente desde el divorcio y siendo que no puede hacer frente a ellos debido a su capacidad económica y no cuenta con la ayuda del progenitor, decide interponer una demanda de Modificación de Medidas de Sentencia firme, por alteración sustancial de las circunstancias.


Es en 2018 cuando las partes se divorciaron de mutuo acuerdo, se acordó una custodia exclusiva a favor de nuestra clienta con una pensión de alimentos a abonar por parte del progenitor no custodio hacia los hijos en común, de 500 euros mensuales actualizables según IPC y el abono de los gastos extraordinarios al 50% por cada progenitor.


Es el pasado 2021, que nuestra clienta acude al despacho, para interponer Demanda de modificación de medidas solicitando la ampliación de la cuantía en concepto de pensión alimenticia a favor de los hijos así como en relación con los gastos extraordinarios de estos. Dicha pretensión fue desestimada en primera instancia por el Juez, resolviendo que ambas partes se encontraban en condiciones económicas suficientemente igualitarias para hacer frente a los gastos de los hijos y considerando que no existía una modificación sustancial de los gastos de estos.


Tras la resolución de primera instancia y no encontrando, a todas luces, ajustada a Derecho la misma, interpusimos Recurso de Apelación ante el órgano superior, la Audiencia Provincial de Barcelona. En dicha instancia se expuso firmemente el error en la valoración de la prueba en cuanto al aumento de los gastos de los hijos, y el error en la valoración de la prueba en cuanto a los ingresos de los progenitores.


La Audiencia Provincial de Barcelona, tras el estudio exhaustivo de toda la causa de primera instancia, demanda con sus documentos, contestación con sus documentos, vista y prueba practicada, así como del Recurso interpuesto y la nueva prueba acompañada y su oposición, aprecia: “que el coste de la educación de los hijos se vio incrementado tras la sentencia de divorcio” y que además “de la prueba aportada por nuestra representación de algún modo, tales circunstancias fueron reconocidas tras el dictado de la Sentencia apelada”.


Sigue igualmente la Sentencia de la Audiencia Provincial y acuerda que de la prueba documental se acredita que el progenitor ha visto incrementados sus ingresos exponencialmente desde que se produjo el divorcio, mientras que nuestra representada sigue en las mismas condiciones laborales y salariales que cuando se produjo la ruptura.


Por lo expuesto, la Audiencia Provincial de Barcelona decreta finalmente, ESTIMAR el Recurso de Apelación contra la Sentencia de Primera Instancia, interpuesto por nuestra representada, resolviendo: “debemos revocar y revocamos la expresada resolución y estimando en parte la demanda modificativa deducida por la madre fijamos, con efectos desde nuestra resolución, en 600 euros/mes la pensión filial para cada uno de los hijos y el abono de los gastos extraordinarios descritos en el pacto aprobado por la sentencia de divorcio en el porcentaje de 60% el padre y 40% la madre”.


Desde Marín Fonseca Abogados, hemos acompañado durante todo el proceso a nuestra clienta y trabajado sin cesar desde el año 2021, para conseguir que se viera reconocido el cambio de las circunstancias desde que se produjo el divorcio y por ende que los progenitores se hicieran cargo de los gastos de los hijos, acorde a su capacidad económica. Estamos muy contentos de este logro y de compartirlo con todos.


Quedamos a vuestra disposición, comprometiéndonos a acompañar, implicarnos y luchar durante todo el proceso con el fin de obtener un resultado exitoso; con la seguridad de que todo el equipo de este despacho dará lo mejor de sí para alcanzarlo.

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