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LA AP DE MADRID CONFIRMA LA CONDENA A UNA ESTUDIANTE POR DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL



Una estudiante de medicina, en el momento de la realización del examen, tuvo comportamientos extraños, por lo que la profesora que se encontraba vigilando, tras sospechas de que podía ser que se copiara, decidió realizar una fotografía del test que había realizado esta.

Tras recibir posteriormente la nota del examen, y no estando de acuerdo con la misma, la estudiante solicitó la correspondiente revisión. En la revisión de examen, la profesora se percató del cambio en dos de sus respuestas, puesto que tenía como prueba la fotografía del examen inicial, y la comparó con el examen que se le había dado para revisión. constatando el cambio de las respuestas. Por este motivo, la universidad decide expedientarla.


En este sentido, la estudiante, en contra de la decisión de la universidad de ser expedientada, advertida de expulsión y denunciada por manipulación de los datos de sus notas, se defendió alegando ser víctima de animadversión, manifestando que la profesora manipuló las fotografías.


Finalmente, la resolución del tribunal no se muestra de acuerdo con la versión de la estudiante, afirmando la versión de los profesores y aceptando, por lo tanto, las pruebas del contraste entre ambos exámenes, concluyendo que se produjo una manipulación de la prueba por la modificación de dos de sus preguntas y determinando varias penas para la autora del delito penal.


La Audiencia Provincial de Madrid condena a ocho meses de prisión, a la inhabilitación especial de sufragio pasivo durante el periodo de condena, y a una multa de 1.440 euros, a una estudiante de medicina, por cambiar dos respuestas en su examen universitario, y, por lo tanto, incurrir en un delito de falsedad documental, tal y como ha resuelto el Tribunal.


El delito de falsedad documental se encuentra regulado en los artículos 390 a 399 ter del Código Penal, el cual consiste en la falsificación, alteración y modificación de los elementos esenciales de un documento.


Así pues, en el caso tratado, se considera perpetrado dicho delito por haber causado la estudiante, la modificación de un documento y haber cambiado las respuestas de las preguntas incorrectas a fin de conseguir un resultado distinto en la fase de revisión de examen.


Desde Marín Fonseca Abogados, queremos informar a nuestro público de toda la actualidad y de las noticias más relevantes de nuestro país, asesorando siempre para la toma de las mejores decisiones.

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