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joana644

¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE ANULAR LA HERENCIA ACEPTADA TRAS LA FIRMA DE ESTA?



La aceptación de la herencia es un negocio jurídico unilateral por el que una persona declara su voluntad de adjudicarse el patrimonio del causante, en todos los bienes, derechos y obligaciones del difunto.


No obstante, puede aparecer una deuda desconocida una vez se ha llevado a cabo la aceptación de herencia por parte del causante.


En este caso, el Tribunal Supremo estima que, en supuestos concretos, la aparición de una deuda desconocida permite que se pueda declarar la nulidad de la aceptación de herencia.


El descubrimiento de una deuda ignorada tras la rúbrica de una herencia permite al destinatario renunciar a los bienes recibidos y considerar nulo el trámite. Así lo acaba de dictaminar el Tribunal Supremo en una sentencia de marzo de 2021, que da la razón a un hombre que aceptó el testamento de su tía sin saber que tendría que afrontar pagos de hasta 1.180.000 euros. "Si el heredero hubiese conocido estas condiciones, no la habría aceptado", decreta el fallo. Se debe tener en cuenta, a mayor abundamiento, que se trataba de una cantidad que doblaba el "valor de lo recibido y de sus propios bienes", añade.


Dicha deuda apareció posteriormente rubricada en un folio mecanografiado que alteraba todo el resultado de la herencia, por lo que para el juez, el origen de esta cantidad es "determinante", el folio demuestra que su destinatario aceptó por error. Si no, tendría que pagar una cifra que va "más allá del valor de los bienes recibidos y de sus propios bienes".


Asimismo, hay que tener en cuenta que el plazo para solicitar la nulidad es de cuatro años, y en este caso no se había extinguido: la obligación de pago de deuda, que solo es exigible cuando hay una sentencia en firme. Esto ocurre en 2017, tras rebotar la causa de un juzgado a otro. El heredero la solicitó en 2015.


Desde el Departamento de Derecho de Sucesiones de Marín Fonseca Abogados, nos hacemos eco con el fin de informarles de cuantas novedades o debates jurídicos se produzcan, a fin de ofrecer a nuestros clientes toda la actualidad, adaptándonos a sus necesidades y garantizando la defensa de sus intereses. Para cualquier cuestión de esta u otra índole, pueden ponerse en contacto con nosotros y les atenderemos a la mayor brevedad.


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