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  • joana644

DESPIDO PROCEDENTE A UNA TRABAJADORA POR EL USO INCORRECTO DE LA MASCARILLA


Desde el pasado mes de mayo del año 2020, el uso de la mascarilla en espacios cerrados y en la vía pública se ha convertido en una obligación preceptiva, afectando también a los centros de trabajo.


Tal es así que, en la reciente sentencia del Juzgado de lo Social de Santander, se ha declarado procedente el despido de una trabajadora, al hacer caso omiso de las indicaciones de su superior para la adecuada colocación de la mascarilla durante su jornada laboral, después de reiterados requerimientos efectuados por la clienta solicitando la correcta colocación de la misma.


Todo ello llevó a que, la demandante, interpusiera demanda judicial contra la empresa, tras la recepción de la carta del despido. En ella, la trabajadora argumentaba basándose en la falta de justificación de dicho despido, considerando la medida desproporcionada por no revestir de entidad suficiente los hechos acaecidos.


No obstante, el Juzgado de lo Social desestimó su pretensión al considerar que la actuación de la empresa se encuadraba dentro de las tres faltas graves imputadas, que son, la vulneración de las normas de seguridad; falta notoria de respeto o consideración al público y malos tratos de palabra u obra; abuso de autoridad, falta de respeto y consideración a jefes, compañeros y público en general.


Asimismo, la sentencia estableció que la trabajadora “se encontraba prestando servicios con un producto no envasado, el pescado, por lo que las normas de prevención de riesgos laborales de la empresa le obligaban al uso correcto de la misma, tapando la boca y la nariz”. Así, “dada la entidad de los hechos expuestos, debe declararse la procedencia del despido de la actora, que se estima proporcional a la actuación de la misma”.


Por ello, el cumplimiento de la prevención de riesgos laborales, en la que está incluida la obligación del uso correcto de la mascarilla, resulta preceptivo tanto para la empresa como para el trabajador. Por lo que, el empresario puede y debe ejercer su potestad disciplinaria ante el incumplimiento del trabajador en el empleo de las medidas preventivas.


Desde el Departamento de Derecho Laboral de Marín Fonseca Abogados, nos hacemos eco con el fin de informarles de cuantas novedades legislativas y jurisprudenciales se van produciendo, dada la situación grave planteada por la Pandemia y crisis sanitaria, con el fin de asesorar a nuestros clientes de la mejor manera posible, adaptándonos a sus necesidades y garantizando la defensa de sus intereses.


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