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  • joana644

COLABORACIÓN LEX LEGIS DE CATALUNYA RADIO

El pasado 8 y 9 de Enero Joana Marín fue entrevistada en el programa de Catalunya Radio LEX LEGIS, por la periodista Mª Núria Revetlle, Redactora Jefe de Tribunales en relación a diversos temas jurídicos.


La Letrado directora del Bufete contesta a diversos conceptos jurídicos, y temas varios entre ellos la diferencia entre la Jurisdicción Civil y Mercantil, Juzgados de 1ª Instancia, y la intervención del Ministerio Fiscal en ciertos procedimientos civiles como parte, entre otras cuestiones.


Esperamos que dicha entrevista os clarifique los conceptos, y sea de vuestro agrado.


A petición de muchos de Udes., mayoritariamente de los residentes del resto de España, les ofrecemos la traducción literal de la colaboración que ha tenido la Directora de nuestro Bufete, Joana Marín Fonseca, en la sección LEX LEGIS de Catalunya Radio, los pasados días 8 y 9 de enero, contestando a las preguntas de la Periodista Mª Nuria Revetlle: LEX LEGIS, el diccionario jurídico de “Catalunya Informació” con María Nuria Revetlle.-


• Jurisdicción civil ¿qué es? Responde JOANA MARIN FONSECA Abogada especialista en derecho civil y derecho civil catalán.-


-La Jurisdicción Civil es aquella en la que el litigante peticiona temas tales como: reclamación de cantidad, familia, testamentaria, protección de derecho al honor, intimidad y propia imagen.-


*¿ Qué diferencia hay con la Jurisdicción Penal?


-Es totalmente diferente lo que se abarca en la Jurisdicción Penal en la que estamos ante delitos o infracciones tipificadas en el Código Penal.-


• Pónganos un ejemplo de la Jurisdicción Civil


En la Jurisdicción civil trataremos derechos y obligaciones, Derecho de Familia, Derecho de Propiedad Horizontal, Reclamaciones de Cantidad, Morosidad y Protección de Derechos Fundamentales.-


• ¿Qué Juzgados se ocupan?


Los Juzgados de 1ª Instancia se ocupan del Derecho Civil. Primera Instancia significa que estos Juzgados se ocupan de la Jurisdicción Civil y que efectivamente están juzgando en una 1ª Instancia, es decir, la 1ª vez, la 2ª Instancia sería en la apelación.-


• Y el Derecho Mercantil ¿No forma parte también de la Jurisdicción Civil?


Tenemos un Derecho Mercantil desligado y que aunque juzgan cuestiones civiles están especializados única y exclusivamente en derechos mercantiles, es decir, cuestiones de empresas, reclamaciones, concursos y demás.-


• ¿Es necesaria, en estos juicios, la intervención del Ministerio Fiscal?


Si estamos hablando de derechos fundamentales y vamos a la jurisdicción civil el Ministerio Fiscal será parte (Derecho a la intimidad, al honor y propia imagen).-


Si estamos ante un tema de familia, existirá Ministerio Fiscal en caso que existan menores (pensiones alimenticias o cuestiones de orden público) en las que efectivamente el Ministerio Fiscal debe personarse.-


* EN RESUMEN: La Jurisdicción Civil es la que se ocupa de litigios en temas de familia, reclamación de cantidad, cuestiones testamentarias, Protección del Derecho al honor, Derechos y obligaciones, derechos fundamentales…se ocupan los Juzgados de 1ª Instancia porque los Mercantiles, aunque estén bajo la Jurisdicción Civil, están especializados en cuestiones de empresas, reclamaciones o concursos de acreedores por ejemplo.-


COMENTARIO DE UN CLIIENTE: "Gracias a este buffet tengo una custodia compartida Desde hace tres años, cuando hace tres años en este país conseguir una custodia compartida era imposible. GRACIAS JOANA"

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