Al Bufete Marín Fonseca le place poner en su conocimiento otro de los logros jurídicos obtenidos por nuestro equipo profesional:
El reconocimiento a una clienta de la Incapacidad Total por enfermedad para el ejercicio de su profesión de escaparatista, que ha sido concedida por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (I.N.S.S), y le dará derecho a percibir una prestación mensual de más de 1.400 €.
Los hechos acontecieron del siguiente modo: La clienta trabajaba para una reconocida firma de ropa como escaparatista, pero sus graves problemas de artrosis focalizados en su rodilla y espalda (dando lugar incluso a una hernia discal y hallándose en espera de una prótesis de rodilla), hicieron que se viera obligada a cursar baja laboral por enfermedad. Cabe señalar que sus dolencias se complicaron por padecer una Fibromialgia y que sus problemas de artrosis le impiden permanecer mucho tiempo de pie, sentada y ha llegado a ser imposible que adopte la postura de “cuclillas”.
Pues bien, la demandante de la prestación, una vez terminado su baja laboral, dada cuenta que solicitó al I.N.S.S una prestación por enfermedad y el mismo se la denegó manifestando que no había permanecido en una situación de incapacidad, consultó con este Bufete, fin de resolver su grave situación y proceder a interponer la preceptiva reclamación ante el I.N.S.S.
Tras asesorarla debidamente y ante los graves problemas médicos que sufría la remitimos a una Perito médico, a fin de evaluar su precaria situación de salud, y su imposibilidad de ejercer su profesión, procediendo posteriormente a instar otra reclamación ante el I.N.S.S, que si bien no le reconocía la incapacidad permanente le concedió un nuevo periodo de baja por enfermedad.
Posteriormente, y dado el pronunciamiento del I.N.S.S interpusimos demanda ante los Juzgados de lo Social en reclamación del citado reconocimiento de incapacidad Permanente, y por ende el derecho de ser prestataria de la pensión inherente a dicha incapacidad.
La resolución ha sido TOTALMENTE POSITIVA, tras un complicado y complejo proceso contra el I.N.S.S, el Juzgado de lo Social ha resuelto acordar a nuestra clienta el reconocimiento de incapacidad total para el ejercicio de su actividad, teniendo derecho a la percepción de la misma, con efectos desde la interposición de la primera reclamación ante el I.N.S.S, por lo que cobrará atrasos, por mensualidades de casi 2 años, todo ello con independencia de la pensión que percibirá de ahora en adelante.
Si Ud. sufre alguna enfermedad que le impida desarrollar su actividad profesional o actividad diaria y, el I.N.S.S no resuelve a su favor otorgándole una prestación, no dude en venir a consultarnos, la dilatada experiencia profesional del Bufete Marín Fonseca en Derecho Laboral, nos permitirá asesorarle y tramitarle de la manera más ventajosa para Ud. su declaración de incapacidad Permanente y/o las oportunas reclamaciones ante el I.N.S.S y/los Juzgados de lo Social. Asesórese, la declaración de incapacidad es muy relativa, existen varios grados, y obviamente, tan sólo el ejercicio de nuestros derechos puede garantizar un resultado positivo.
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