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  • joana644

TRES MESES MÁS DE ALIVIO Y TRES PAQUETES DE NUEVAS MEDIDAS



Prórroga de la moratoria de hipotecas, alquiler y suministros hasta septiembre


El Consejo de Ministros ha ampliado este martes 7 de julio la prórroga de varias medidas de contenido social aprobadas durante la pandemia del covid-19 para ayudar a aliviar la carga financiera de las hipotecas, los créditos no hipotecarios y el alquiler, así como ampliar las garantías de protección por impago de suministros básicos a los colectivos más vulnerables. El Real Decreto-Ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de re-activación económica para hacer frente al impacto del COVID-19, en el que se incluye la prórroga hasta septiembre de las moratorias de hipotecas y de alquiler entra en vigor tras su publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).


Como vimos y detallamos en el pasado post ( https://bit.ly/2ObQAky ), el Ejecutivo ya prorrogó los beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTES) hasta el 30 de septiembre, así como la prestación extraordinaria para autónomos cuya actividad se hubiera visto mermada con la crisis. Y para no dejar a nadie atrás, respondiendo a criterios de justicia social y a una necesidad de eficacia económica, el Ejecutivo, ha aprobado tres paquetes de nuevas medidas, ampliando las que figuraban en el Real Decreto-Ley puesto en marcha por el mismo durante la vigencia del estado de alarma para aliviar el impacto económico y cuya vigencia finalizaba un mes después.


El primero de los paquetes pretende aliviar las cargas financieras de la hipoteca; el segundo está relacionado con el alquiler; y el tercero, con los suministros.


· En primer lugar, la moratoria hipotecaria sobre la vivienda habitual se podrá solicitar hasta el 29 de septiembre y tendrá una duración de tres meses. La moratoria legal - la que otorga el Gobierno- y la convencional - la que otorga el sector financiero - se podrán conceder simultáneamente, por lo que los hogares que soliciten ambas serán beneficiarios de una moratoria legal de 3 meses - es decir, sin devengo de intereses-, seguida de una moratoria convencional de 9 meses - esta si con devengo de intereses.

Asimismo, y en cuanto a la moratoria sobre créditos al consumo, se podrá solicitar hasta el 29 de septiembre y tendrá una duración de 3 meses. Al igual que para el caso de la moratoria hipotecaria, tanto la legal como la convencional se pueden conceder simultáneamente.

· En cuanto a las medidas para proteger a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad, la prórroga de 6 meses de los contratos de arrendamientos sobre vivienda habitual se podrá solicitar hasta el 30 de septiembre. Se amplía también hasta el 30 de septiembre el plazo para solicitar la moratoria o el aplazamiento del pago de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, en caso de que el arrendador sea gran tenedor de vivienda, para aquellos hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Además, la prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional seguirá vigente hasta el 2 de octubre.

· Por otro lado, y en relación con los suministros, se prolonga hasta el final del mes de septiembre la prohibición de suspender el suministro de agua, energía eléctrica y gas en ningún domicilio que tenga la consideración de primera vivienda. Por tanto, hasta el 30 de septiembre de 2020, no se podrán realizar cortes incluso aunque conste dicha posibilidad en los contratos de suministro o acceso suscritos por los consumidores. Se amplía igualmente el periodo de tiempo por el que no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente de pago y la suspensión de suministro por impago. Por tanto, los plazos que han de transcurrir hasta que el suministrador pueda cortar el suministro empezarán a contar desde el 1 de octubre. Igualmente, se ha aprobado la prórroga automática de la vigencia del bono social eléctrico, un descuento directo en la factura dirigido a los consumidores vulnerables, hasta el 30 de septiembre.


Con motivo de la declaración del estado de alarma, el Real Decreto-ley 8/2020, prorrogó de forma automática todos los bonos que expiren hasta el 15 de septiembre de 2020. Y con el fin de homogeneizar la duración de las medidas, se amplía también dicha prórroga quince días más.


Estas son las últimas medidas aprobadas y desde Marín Fonseca Abogados seguimos informándoles sobre cualquier novedad legislativa que se produzca. No dude en contactar con nosotros y nuestro equipo legal le asesorará lo antes posible.

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